martes, 17 de marzo de 2020

Clarín - Política - Boletín Oficial: el Gobierno promulgó la Ley de Góndolas

Boletín Oficial: el Gobierno promulgó la Ley de Góndolas

La normativa busca evitar la posición dominante de las grandes marcas en los supermercados.


El Gobierno promulgó la Ley de Góndolas, que fue aprobada por unanimidad en el Senado a fines de febrero. La normativa, que aparece este martes en la edición del Boletín Oficial, busca evitar la posición dominante de las grandes marcas en los supermercados.
Al impulsar el tratamiento del proyecto en las sesiones extraordinarias del Congreso, Alberto Fernández​ intentó contar con un elemento más para garantizar un aumento en la competencia entre las marcas en los principales puntos de venta del país.
El objetivo de fondo es detener la carrera inflacionaria, que cerró 2019 con un índice de 53,8 por ciento de incremento, el mayor número en los últimos 28 años.
La Ley 27545 alcanza a los siguientes productos: alimentos, bebidas, productos de higiene personal y artículos de limpieza del hogar. Y regula la exhibición en "todo espacio físico, mueble, estantería, en los que se ofrecen productos de similares características, incluidos las puntas de góndola", así como en sus locaciones virtuales (web, aplicación móvil). Quedan exceptuados "los congeladores exclusivos, islas de exhibición y los exhibidores contiguos a la línea de caja".
En busca del "estímulo a la competencia", se prohíbe la "exclusión anticompetitiva de proveedores por el alquiler de espacios en góndolas olocaciones virtuales, o espacios preferenciales en góndolas o locaciones virtuales" a través del pago de cánones o comisiones.
La normativa establece cinco reglas para la exhibición.
  • El producto de un proveedor o grupo empresario no puede tener más del 30% del espacio compartido con otros productos de similares características; debe haber al menos cinco proveedores o grupos en el sector.
  • Se garantiza un 25% del espacio ocupado por productos similares y de diferente marca para destinarlo a productos de micro y pequeñas empresas nacionales. Y habrá un 5% adicional para productos de agricultura familiar, campesina indígena y sectores de la economía popular.
  • En góndolas físicas, los productos de menor precio deberán estar a una altura media, equidistante entre el primero y el último estante. Y en góndolas virtuales deberán aparecer en la primera visualización.
  • En las islas de exhibición o en exhibidores cercanos a las cajas, los productos de micro y pequeñas empresas nacionales tendrán que ocupar el 50% del espacio.
  • Habrá un porcentaje máximo del espacio en locaciones virtuales (aún no definido) para productos importados.  
Asimismo, se establecen condiciones en la relación entre proveedores y establecimientos: los pagos a micro y pequeñas empresas nacionales no podrá ser superior a los 60 días; en las negociaciones no se podrá ofrecer mercadería gratuita o con costos menores a los habituales; los establecimientos no podrán exigir a los proveedores adelantos financieros ni aplicar retenciones económicas de manera unilateral.
También se introducen facilidades para los productos de la agricultura familiar, campesina e indígena, de la economía popular y de cooperativas o mutuales (pago a 40 días, facilidades en la contratación y esquemas flexibles para la entrega de productos). La leyenda "Compre Mipyme" destacará la ubicación en las góndolas de ese tipo de productos, así los de los micro y pequeños productores.
Se crea un Código de Buenas Prácticas Comerciales. En caso de incumplimiento de la ley, se aplicarán las penalidades contempladas por el Régimen de Lealtad Comercial. El monto recaudado se dividirá entre el fomento publicitario del compre alimentos nacionales (un 70%), un fondo para desarrollar la agricultura familiar, campesona e indígena, economía popular y cooperativas (25%) y el funcionamiento del Observatorio de la Cadena de Valor (5%).

La Cámara de Senadores aprobó la Ley de Góndolas con 56 votos a favor y 4 abstenciones.
La Cámara de Senadores aprobó la Ley de Góndolas con 56 votos a favor y 4 abstenciones.
El proyecto de Ley de Góndolas logró su media sanción en la Cámara de Diputados, el 19 de noviembre, con 182 votos favorables y 17 abstenciones. El 28 de febrero, la Cámara alta aprobó el texto con 56 votos a favor y 4 abstenciones.
Alberto Fernández había impulsado el proyecto, al que calificó de "mecanismo favorable". "Vamos a impulsar la ley de góndolas para que algunos empresarios dejen de jugar con los precios", dijo antes del tratamiento en el Senado.

La Nación - Economía - Informe. La soja está en dólares constantes en los mínimos en 18 años y se generalizan los quebrantos

Informe. La soja está en dólares constantes en los mínimos en 18 años y se generalizan los quebrantos

Para los que no anticiparon ventas se agravan las pérdidas por la baja de los precios

Por la baja del precio de la soja, que al productor se encuentra considerando dólares constantes en los mínimos de los últimos 18 años, más la suba de las retenciones, se generalizaron los margenes negativos para el cultivo, según diversos estudios, en especial para quienes no cerraron negocios antes de la caída de las cotizaciones.
Según un informe de la Sociedad Rural Argentina (SRA), en 2002 el precio promedio se ubicó en US$210 la tonelada y, recortando al período enero-julio, en US$191 la tonelada. La entidad consideró los dólares constantes según el índice de precios al consumidor en los Estados Unidos. Ahora, de acuerdo al trabajo, en dólares constantes está por debajo de los US$200 y menos.
"Hay que ir a 2001/2002 para encontrar un precio tan bajo (considerando los dólares constantes)", señaló Ezequiel De Freijo, economista del Instituto de Estudios Económicos y Negociaciones Internacionales de la Sociedad Rural Argentina (SRA). De Freijo agregó sobre el escenario reciente para la soja: "Desde el 15 de enero bajó de US$345 a 302 en la Bolsa de Chicago y perdió unos 30 dólares en la Argentina; ayer se dieron entre 190 y 200 dólares para entre abril y mayo". En rigor, en el mercado local ayer la oferta bajó de 210 a 205 dólares el valor para la entrega de la nueva cosecha el mes próximo.
La soja viene golpeada por los vaivenes en la guerra comercial China-Estados Unidos y, entre otros factores, en el último tiempo por el efecto del coronavirus sobre el comercio.
El trabajo de la rural consigna otro dato. Mientras en 2002 las retenciones a la soja estaban en el 23,5%, ahora están en el 33%. Apenas asumió, el gobierno de Alberto Fernández las subió de 24,7 a 30% y hace diez días amplió el derecho al 33%.
El precio de la soja y las retenciones desde 2002
El precio de la soja y las retenciones desde 2002
La caída de la soja impacta de lleno en los márgenes brutos esperados por los productores. De acuerdo a un relevamiento de AZ Group, en enero pasado en campo alquilado en la gran mayoría de las regiones del centro y el sur del país los márgenes netos (lo que le queda en el bolsillo al productor tras el pago de impuestos) "resultaban levemente positivos". En tanto, en ese momento para el Litoral y el norte del país "ya estaban reflejando pérdidas significativas vendiendo a esos precios". Los números positivos se veían en 7 de 12 regiones agrícolas.
Ahora, con los precios actuales la situación se agravó. Según la consultora, con los precios "cercanos a los US$200 todos los márgenes para quienes no hayan vendido una parte y cubierto con opciones de mercado se encuentran en una realidad mucho más dura".
La situación de los márgenes netos en enero pasado
La situación de los márgenes netos en enero pasado
En la actualidad, de acuerdo al reporte de AZ Group con números relevados por AGBI, salvo las zonas núcleo, con US$25 por hectárea; oeste, con US$22,6 por hectárea, y sudoeste bonaerense, con US$6,8 por hectárea, en el resto los márgenes dan en rojo. Los números positivos solo se ven en 3 de 12 regiones agrícolas.
De acuerdo al reporte, en el país hay ventas en soja cercanas al 20% de la cosecha, de entre 25-30% en maíz con precio y en trigo en el orden del 75%.
Los márgenes netos con los precios actuales
Los márgenes netos con los precios actuales
"Las empresas ya tienen una parte de sus ingresos de los próximos meses cubiertos a valores unos dólares por arriba de la situación actual, pero todavía queda mucho por vender, sobre todo de los cultivos próximos a cosecharse, y habrá que ver cómo han planificado la cobertura financiera como para poder pasar estos meses sin tener que vender volúmenes grandes a estos precios", indicaron en AZ Group.
"El empresario agropecuario se halla en la disyuntiva de vender a valores actuales y exponerse al riesgo de inflación, o comprar dólares a valores superiores a los que le liquidan la mercadería, o comprar insumos de manera tal de conservar el poder de compra, o guardar la mercadería y estar expuesto a caídas en los precios como ya se mencionó", analizó la consultora.
Según AZ Group, el año pasado para esta época los productores ya estaban en proceso de análisis de márgenes, alquileres y competitividad de cada una de las actividades y en proceso de toma de decisiones para la nueva campaña.
"Este año, los análisis y las decisiones se encuentran aplazadas y los productores se encuentran mirando con alta expectativa lo que ocurra en los próximos 30 días, respecto de la renegociación de la deuda externa y su posible impacto en las diferentes actividades", señala el reporte.
Néstor Roulet, productor y exsecretario de Agregado de Valor, hizo un informe que refleja la pérdida para el productor desde que a mediados del año pasado ya planificaba su campaña de soja.
Según Roulet, en agosto pasado, cuando se planificaba la campaña de soja, el productor a unos 300 kilómetros de los puertos rosarinos esperaba en campo propio (400 hectáreas con un rinde de 3300 kilos de promedio) un resultado final, descontados los costos, de 84,94 dólares por hectárea. Ahora, caída de precios mediante y suba de las retenciones, pasa a negativo en -117,92 dólares por hectárea.
Por el contrario, el Estado, que en agosto pasado se podía llevar por retenciones US$296,34 de una hectárea de soja, en la actualidad obtendrá 328,87 dólares por hectárea. Perdió el productor y ganó el Estado.

Infobae - Económico - El Gobierno promulgó la Ley de Góndolas y podrá comenzar a aplicarse

El Gobierno promulgó la Ley de Góndolas y podrá comenzar a aplicarse

La medida había sido sancionada por el Senado de la Nación en la última sesión extraordinaria de febrero

El Gobierno promulgó la Ley de Góndolas (AFP)
El Gobierno promulgó la Ley de Góndolas (AFP)
El Gobierno Nacional anunció este martes, vía decreto, la promulgación de la Ley de Góndolas, que había sido sancionada por el Congreso en la última sesión extraordinaria de febrero.
La norma que tiene como objetivo promover la competencia entre las grandes marcas y las pymes, fue promulgada a través del Decreto 268/2020 que se publicó hoy en el Boletín Oficial. Entre sus puntos principales apunta a que las grandes empresas no llenan la góndola con sus productos.
Pese a tener quórum propio, el oficialismo logró su aprobación con el respaldo de la oposición. De hecho, en Diputados obtuvo 180 votos positivos, 18 abstenciones y uno solo negativo. Sin embargo, desde Juntos por el Cambio habían elevado sus críticas con respecto a la dificultad para llevarla a la práctica.
El Gobierno resaltó este martes el alcance de los objetivos, entre los que se destaca la contribución a que “el precio de los productos alimenticios, bebidas, de higiene y limpieza del hogar sea transparente y competitivo, en beneficio de los consumidores; mantener la armonía y el equilibrio entre los operadores económicos alcanzados por la ley, con la finalidad de evitar que realicen prácticas comerciales que perjudiquen o impliquen un riesgo para la competencia u ocasionen distorsiones en el mercado; ampliar la oferta de productos artesanales y/o regionales nacionales producidos por las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) y proteger su actuación”. Además el Poder Ejecutivo incluyó la oferta de productos del sector de la agricultura familiar.
De acá en más, con la promulgación, en el lapso de 90 días, la autoridad de aplicación deberá confeccionar un listado de las distintas categorías de productos alcanzados que comercializan los sujetos alcanzados por la ley, y arbitrará los medios para su publicidad a la población. “El listado deberá contener como mínimo la totalidad de productos de alimentos, bebidas, higiene y limpieza del hogar”, se aclaró.
Por otra parte, se informó que “queda prohibido” generar una exclusión “anticompetitiva de proveedores por el alquiler de espacios de góndolas o locaciones virtuales”. “Será considerada una exclusión anticompetitiva el pago de cánones y/o comisiones impuestas que obliguen al proveedor a optar por un solo canal de distribución”, se detalló en las disposiciones.
(Télam)
(Télam)
Entre sus puntos neurálgicos establece que un producto de una marca no podrá superar el 30% del espacio disponible en la góndola que comparte con artículos iguales o similares. La participación deberá involucrar a no menos de cinco proveedores o grupos empresarios. También, y en la misma línea, señala que debe haber un mínimo de 50% de las mercaderías de empresas pymes en todos los puntos de exhibición, hasta en los más próximos a las líneas de cajas, sin contemplar cuáles son las preferencias de las consumidores y la capacidad de provisión de las pequeñas empresas, en particular en los establecimientos con dimensiones superiores al promedio.
“En góndolas los productos de menor precio conforme la unidad de medida deberán encontrarse a una altura equidistante entre el primero y último estante. En locaciones virtuales, deberá garantizarse que los productos de menor precio conforme la unidad de medida se publiquen en la primera visualización de productos de la categoría en cuestión”. En otro de los puntos se detalló que “está prohibido pautar el suministro de información comercial sensible que sea impropia de la relación comercial o que suponga información referida a la relación del proveedor con otros operadores del mercado o información de la competencia”.
Los establecimientos alcanzados por esta ley tienen un plazo de 120 días corridos para hacer las modificaciones que sea necesarias e implementar las disposiciones mencionadas. “En caso de incumplimiento, la autoridad de aplicación aplicará las normas referidas a procedimiento y sanciones establecidas en el Régimen de Lealtad Comercial, promoviendo la participación de las organizaciones de Defensa del Consumidor de todo el país”, se informó. Los fondos recaudados a partir de las multas serán asignados: un 70% al fomento publicitario de alimentos nacionales, el 50% en medios de comunicación masivos y el otro 50% en medios de comunicación pymes y cooperativos; un 25% a un fondo de desarrollo del sector de la agricultura familiar, y un 5% para el funcionamiento del Observatorio de la Cadena de Valor que tendrá por función el seguimiento, consulta, información y estudio del funcionamiento de la cadena de valor de los productos alcanzados por la presente ley, así como también el asesoramiento de los órganos de la administración pública involucrados.
Las disposiciones publicadas este martes en el Boletín Oficial llevan la firma de la Presidenta Provisional del Senado, Claudia Ledesma Abdala, el titular de la Cámara Baja, Sergio Massa, y los legisladores Marcelo Fuentes y Eduardo Cergnul.